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Resuelve Tribunal Electoral que propaganda del “Terrible” Morales sí son actos anticipados de campaña

*      El Instituto Estatal Electoral deberá emitir medidas cautelares

Por: Luis Arellano Sarmiento

MEXICALI. – 26 de febrero de 2024.- El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC), resolvió que los anuncios de promoción personal que tiene Érik Morales Elvira en el municipio de Tijuana, sí constituyen actos anticipados de campaña.

El magistrado presidente y realizador del proyecto, Jaime Vargas Flores, expuso que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral (IEE), valoró de manera indebida, sesgada y errónea la inconformidad planteada por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI).

En la sentencia de los Recursos de Inconformidad (RI) 12/2024 y 14/2024, revoca por unanimidad de votos parcialmente lo resuelto por el Instituto Estatal Electoral, que determinó que la publicidad del ex boxeador “terrible” Morales no constituyen actos anticipados de campaña.

Sin embargo, los magistrados Carola Andrade Ramos, Germán Cano Baltazar y Vargas Flores, consideraron fundados los agravios expuestos por el PAN y el PRI, por lo que el Instituto Estatal Electoral deberá corregir parcialmente su determinación en el procedimiento especial sancionador 1/2024.

El proyecto expone que de manera dogmática el IEE llegó a la conclusión que el demandado no incurrió en actos anticipados de campaña.

Vargas Flores, resolvió que sí hay esos actos anticipados de campaña, “ya que existen equivalentes funcionales en cuanto al llamamiento al voto, los cuales, de manera preliminar, pudieran acreditarse en la propaganda verificada por la responsable, en cuanto a las frases y/o expresiones vertidas en espectaculares, bardas, microperforados y engomados en transporte público, así como en las ligas electrónicas de la red social Facebook, que valoradas en su conjunto, generaban posibles intenciones de posicionamiento anticipado, por lo que es susceptible de vislumbrar en sede cautelar lo pretendido por los denunciantes, pues de un análisis adminiculado y no aislado, se acredita preliminarmente dicho posicionamiento de carácter electoral del denunciado”.

Esta publicidad realizada de manera sistemática en el municipio de Tijuana, “en sus múltiples formas, genera un beneficio a quien participa y, posiciona anticipadamente al aspirante denunciado”, resaltó el magistrado presidente.

Los actos demandados violan el principio de equidad, por lo que el IEE deberá emitir medidas cautelares y el retiro de la propaganda a favor de Érik “terrible” Morales.

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