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Debe tener ajuste ley de BC que permite a policías portar arma fuera de labores: General Aguirre

*        Se contrapone al ordenamiento federal, consideró el comandante de la II Región Militar

Por: Luis Arellano Sarmiento

MEXICALI. – 03 de octubre de 2023.- La reforma de ley que permite a los policías municipales portar su arma de cargo aun cuando estén fuera de servicio, se contrapone al ordenamiento federal, consideró el Comandante de la II Región Militar, general Víctor Hugo Aguirre Serna.

El responsable de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) en los estados de Sonora, Baja California y Baja California Sur, mencionó que esa nueva reforma estatal debe ser revisada y tener un ajuste.

El general de División, fue cuestionado por la reforma a los artículos 19 y 46 a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, publicada el 25 de septiembre pasado, y cuya vigencia ocurrió un día después.

Dicha reforma se contrapone a los establecido en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, explicó el militar.

Para el consejero jurídico del gobierno del estado, Juan José Pon Méndez, la reforma es vigente y aplicable, siempre y cuando los agentes municipales que soliciten portar su arma de cargo en horario no laboral, reúnan los requisitos que establece la ley.

Los requisitos establecidos en el artículo 46 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, son: “realizar solicitud por escrito ante la persona titular de la institución de seguridad a la que pertenezca donde se justifique los motivos para portar su arma de fuego fuera de servicio; someterse a la evaluación de control de confianza correspondiente; no estar sujeto o vinculado a proceso penal, o haber sido condenado por delito doloso; no estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado por causa grave mediante resolución firme como servidor público, en términos de las normas aplicables; no contar con denuncias por violencia familiar; y, que la licencia colectiva correspondiente así lo permita”.

A consideración del titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Baja California, quien también es general con licencia, Leopoldo Aguilar Durán, en ese último requisito (que la licencia colectiva correspondiente así lo permita), se establece que es irrestricta la aplicación tal cual establece la ley federal en la materia.

Dijo que las armas de cargo son propiedad pública y así debe usarse, para la seguridad pública no para asuntos privados, de ahí la instrucción que dio para que los policías municipales y estatales cuya asignación sea escoltas de empresarios, regresen a desempeñar funciones públicas.

Aguilar Durán, también dijo que si un policía municipal es detenido con su arma de cargo estando fuera de labores, sería remitido a la Fiscalía General de la República (FGR), pues estaría violentando la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

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