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Instala INE BC Consejos Distritales para Proceso Electoral Federal y Local 2021

*      Los Consejos Distritales dotan de eficacia a la organización y el desarrollo de los procesos electorales para fortalecer la cadena de confianza; en su designación, se atendieron criterios de paridad de género, pluralidad cultural de la entidad, así como la participación comunitaria

Por: INE BC

Baja California a 02 de diciembre de 2020.- El Instituto Nacional Electoral en Baja California (INE BC) formalizó ayer por la tarde la instalación de ocho consejos distritales federales, los cuales corresponden a los Distritos que se encuentran en la entidad.  

 

Las Juntas Distritales Ejecutivas en Baja California se encuentran repartidas de la siguiente manera: En Mexicali se ubican la 01, 02 y 07; en Tijuana la 04, 05, 06 y 08 y Ensenada la 03. Cabe recordar que la instalación del Consejo Local, se llevó a cabo el pasado 03 de noviembre; donde se aprobó el procedimiento para la designación de las y los Consejeros Electorales de los ocho Consejos Distritales de Baja California para los Procesos Electorales Federales 2020-2021 y 2023-2024.  

 

En Baja California el próximo 6 de diciembre del año en curso, iniciará en el Proceso Electoral Local concurrente con el Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 bis, del Reglamento de Sesiones, los dos partidos políticos con registro local han acreditado representantes ante el Consejo Local.  

 

Se instalaron 300 Consejos Distritales en las 32 entidades del país  

El Instituto Nacional Electoral llevó a cabo la instalación de los 300 Consejos Distritales del país, órganos de dirección electoral que se encargarán de la organización y vigilancia del Proceso Electoral Federal (PEF) 2020-2021, para renovar la Cámara de Diputados y de las 32 elecciones concurrentes locales del próximo 6 de junio de 2021, dando seguimiento a todas las actividades que componen la cadena de confianza en la organización de los comicios.  

   

Las y los consejeros electorales distritales fueron designados y ratificados, en su caso, por los 32 consejos locales presididos por quienes fungen en todo tiempo como vocales ejecutivas y ejecutivos de las juntas distritales del INE.  

 

En su designación, además de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad para ser consejeros y consejeras distritales, se atendieron los criterios de paridad de género, pluralidad cultural de la entidad, participación comunitaria o ciudadana, prestigio público y profesional, compromiso democrático y conocimiento de la materia electoral, atributos que permitirán dotar de eficacia a la organización y desarrollo de los procesos electorales.  

 

Las elecciones de 2021 serán las más grandes en la historia del país, no sólo por el crecimiento en el número de electores, sino también por los cargos que se elegirán, pues las 32 entidades tendrán elecciones locales concurrentes con la federal.

 

Además de las 300 diputaciones de mayoría relativa y 200 de representación proporcional a nivel federal, el 6 de junio de 2021 se renovarán 15 gubernaturas, mil 63 diputaciones locales, mil 926 presidencias municipales, dos mil 122 sindicaturas, 15 mil 107 regidurías y 635 juntas municipales, que implican un total de 21 mil 368 cargos de elección popular.

 

Su función: dar certeza a los procesos electorales  

Los Consejos Distritales son órganos subdelegaciones de Dirección constituidos en cada distrito electoral, que se instalan y sesionan durante los procesos electorales y se integran por un o una Consejera Presidenta designada por el Consejo General, quien fungirá en todo tiempo como Vocal Ejecutiva o Ejecutivo Distrital y seis consejeras y consejeros con derecho a voto, así como por representantes de los partidos políticos registrados y, en su caso, de candidaturas independientes, lo que favorecerá la imparcialidad, certeza y la equidad en la competencia por los cargos públicos.  

 

También participan las y los Vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores y de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la Junta Distrital Ejecutiva, quienes concurrirán a sus sesiones con voz, pero sin voto. Las y los Vocales Secretarios, fungirán como Secretaria o Secretario del Consejo Distrital y tendrá voz, pero no voto.  

 

Entre sus principales funciones los consejos distritales son los encargados de determinar la ubicación e integración de las Mesas Directivas de Casillas, de llevar a cabo la acreditación de ciudadanos u organizaciones que deseen participar como observadores electorales, además de la contratación de Supervisores y Capacitadores Asistentes Electorales que instruirán a los funcionarios que recibirán el voto durante la elección.  

 

Igualmente son el órgano facultado para registrar las fórmulas de candidaturas a Diputaciones Federales por el principio de mayoría relativa, efectuar los cómputos distritales por este principio y de representación proporcional y realizar la declaración de validez de la elección de la diputación por el principio de mayoría relativa de los diputados por el principio mencionado.  

 

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