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Tribunal electoral regresa a senadora Alejandra León derechos partidistas en MORENA

*     TJEBC revoca resolución de MORENA, en torno al procedimiento iniciado en contra de Alejandra del Carmen León Gastélum.

Por: TJEBC

MEXICALI.- 08 de noviembre de 2018.- El día de hoy, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (TJEBC), determinó revocar por unanimidad, la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político MORENA, en el expediente oficioso CNHJ-BC-622/18, mediante la cual se dictó entre otros, la suspensión de los derechos partidarios de Alejandra del Carmen León Gastélum por un período de doce meses.

Al resolver el recurso de apelación RA-20/2018, promovido por Alejandra del Carmen León Gastélum, por su propio derecho, en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA dentro del expediente CNHJ-BC-622/18, a través de la cual determinó entre otros, la suspensión de los derechos partidarios de la recurrente, motivado por hechos que presumiblemente transgredieron los estatutos de MORENA, al no mostrar una conducta digna y respetuosa hacia las y los entonces candidatos a senadurías por diversos partidos políticos, que no fueron beneficiados en el proceso electoral federal 2017-2018.

Al respecto, el Tribunal de Justicia Electoral, al analizar integralmente las pruebas ofrecidas por las partes, determinó como fundado el agravio manifestado por León Gastélum, en el sentido de que MORENA vulneró el principio de exhaustividad al no examinar con la calidad, profundidad y suficiencia que exige dicho principio, todas las consideraciones expresadas por la recurrente en su escrito de contestación al acuerdo que dio inicio al expediente oficioso impugnado.

En ese sentido, al acreditarse la violación al  principio de exhaustividad, es que el Tribunal determinó revocar el fallo del expediente oficioso, ordenándose a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA que en plenitud de jurisdicción emita una nueva resolución que incluya un análisis completo e integral de los planteamientos expresados por la recurrente.

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