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Poder Judicial deberá informar si candidatos son deudores alimentarios morosos

*       También si tienen sentencia firme por algún delito de violencia de género

Por: Luis Arellano Sarmiento

MEXICALI.- 03 de abril de 2024.- Para que el Instituto Estatal Electoral (IEE) conceda un registro de candidatura, solicitará al Poder Judicial revise si los aspirantes no están en alguno de los supuestos para negar candidaturas, mencionó el presidente del instituto, Luis Alberto Hernández Morales.

Para esto, la tarde de este miércoles, el IEE y el Poder Judicial de Baja California, firmaron un convenio de colaboración para intercambiar esa información de carácter legal.

Una reforma a la constitución federal publicada el 29 de mayo de 2023, establece que los deudores alimentarios morosos, no podrán ser candidatos ni asumir un cargo de elección popular ni por designación.

El artículo 38 fracción séptima, a la letra dice que negarán candidaturas: “Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.

El segundo párrafo de dicha fracción señala que pierde derechos políticos “por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa”.

“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, establece la constitución.

El consejero presidente, explicó que el IEE emitió lineamientos para aceptar o rechazar candidaturas, bajo el supuesto de no retroactividad de las leyes, pero el Tribunal Electoral local, hizo modificaciones y estableció que en caso de los delitos penales, no sólo se contemple desde la entrada en vigor de la ley, sino que sea con sentencias firmes anteriores.

En el caso de los deudores morosos, si la persona pagó o está pagando puntualmente alguna obligación alimentaria, queda exento de la prohibición para obtener candidatura, aseguró el presidente del IEE.

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