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Diputada Geraldo propone incrementar penalidades en delito de feminicidio contra menores

*      Adiciona un párrafo tercero al artículo 129 del Código Penal para que las penas previstas se incrementen hasta una tercera parte; la iniciativa que se turnó a la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, para su análisis y dictaminación correspondientes

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B.C., martes 27 de Febrero del 2024.- La Presidenta del Congreso del Estado, Araceli Geraldo Núñez, presentó una iniciativa para incluir en el Código Penal del Estado de Baja California, mayores penas cuando la víctima del delito de feminicidio sea menor de edad.

En ese caso, la legisladora morenista, precisó que las penas previstas se incrementarían hasta en una tercera parte.

En la iniciativa que se turnó a la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, para su análisis y dictaminación correspondientes, la legisladora plantea establecer una agravante en la pena para este delito, con la intención de que se les brinde mayor protección, dado que por su rango de edad se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.

Refirió que, de acuerdo con los datos del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre la tasa de feminicidios, se puede advertir que del 2015 al 2021 los casos se han incrementado en el país, llegando al tope más alto de la estadística con 978 casos, mientras que de enero de 2015 a octubre de 2022 se han registrado 658 feminicidios de mujeres de entre 0 y 17 años en México, con lo que se observa una tendencia en ascendente en la comisión de este delito.

Expuso que el feminicidio infantil definido como la muerte de una niña o adolescente menor de 18 años, cometida por diferentes razones, se da con motivo de una relación de subordinación o superioridad cuando las víctimas son menores de edad, aunado al estado de indefensión, desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa.

Por otra parte, cabe mencionar que las niñas hasta los diez años de edad, generalmente son atacadas en el ámbito privado, ya que su agresor se ubica dentro del círculo más cercano, a diferencia de las adolescentes de 11 a 17 años, que en esta etapa sus agresores son con mayor frecuencia la pareja sentimental o un desconocido con fines sexuales, observándose también que conforme van creciendo, los factores de riesgos se incrementan fuera de su círculo íntimo.

Por lo que para lograr lo anterior, es fundamental que esta XXIV Legislatura opte por la adopción de una acción afirmativa que se plasme en nuestro marco legal para brindar mayor protección y que sea tendiente a compensar la situación de desventaja en la que históricamente se han encontrado ante el embate de la violencia.

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