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Congreso realiza foro para analizar importancia de legislar sobre voluntad anticipada

*       Reconocer nuevos derechos y libertades, reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud y del Código Penal: diputada Michel Sánchez; para visibilizar el tema y robustecer el proyecto de ley presentado en esta XXIV Legislatura

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B.C., viernes 9 de febrero de 2024.- Con el objetivo de generar un diálogo abierto entre autoridades y ciudadanía, la diputada morenista Liliana Michel Sánchez Allende, presidió el “Foro: Voluntad Anticipada”, para visibilizar el tema y robustecer el proyecto de ley que será presentado en esta XXIV Legislatura, de esta forma se busca reconocer a la voluntad anticipada como un derecho a la autonomía.
La diputada indicó que también en este espacio se busca reconocer nuevos derechos y libertades, reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud y del Código Penal, además de generar un articulado específico (nueva ley), sumándose así a los 14 estados que ya cuentan con una legislación similar. Cabe destacar que la voluntad anticipada no es sinónimo de la eutanasia, ya que ésta regula la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atiendan a la persona que sufre una enfermedad incurable o en fase de término.
Explicó que esta nueva ley permitirá, a través de regulación de la voluntad anticipada, la suscripción de un documento que será la guía del actuar del personal de salud y familiares ante una situación de etapa terminal por enfermedad o accidente. Así la voluntad de la persona garantiza que los cuidados paliativos elegidos sean aplicados por las instituciones de salud públicas o privadas, como el cuidado activo y total de aquellas enfermedades que no responden a tratamiento curativo, como el control del dolor y de otros síntomas, así como la atención de aspectos psicológicos, sociales, trabajo social, de odontología, rehabilitación, tanatología y espirituales.
Este documento lo puede solicitar ante la notaría toda persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, así mismo ante la institución de salud Toda persona, con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales; mientras que ante institución de salud también podrán solicitarlo los familiares, cuando la persona enferma en situación terminal se encuentre impedido para manifestar por sí misma su voluntad (siempre que no exista documento de voluntad anticipada) y las madres y padres o tutores de la persona menor de edad o que no goce de capacidad de ejercicio cuando se encuentre en situación terminal, además de cubrir otros requisitos establecidos en la ley.
En el foro se contó con la participación de la diputada Evelyn Sánchez y el diputado Manuel Guerrero Luna, así como autoridades y representantes del Poder Judicial, Notarios públicos, Fiscalía General del Estado, Instituto de Psiquiatría, Sociedad de Ciencias Forenses del estado, IMSS, la asociación de estudios y Clínica Tanatología, la Unión Nacional de Padres de Familia, la Comisión Ciudadana de Principios Éticos y público en general para conocer sus experiencias en torno a este tema.

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