* El Consejo General del IEE, deberá en un plazo de setenta dos horas, realizar la asignación de regidurías por el principio de Representación Proporcional, respecto a los Ayuntamientos de Mexicali, Tecate, Playas de Rosarito y Ensenada.
Por: TJE
MEXICALI.- En sesión pública celebrada el día de hoy, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, resolvió por unanimidad de votos el recurso de inconformidad RI-149/2016, interpuesto por el Partido Movimiento Ciudadano en contra de la omisión del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, de realizar la asignación de regidores por el principio de representación proporcional que integran los Ayuntamientos de Mexicali, Tecate, Playas de Rosarito, Ensenada y Tijuana.
Al respecto, el Pleno del Tribunal resolvió por unanimidad de votos, como parcialmente fundada la omisión reclamada, al no existir justificación legal que prohíba o limite al Consejo General realizar la asignación de regidores, por lo menos, en las elecciones municipales de Mexicali, Tecate, Playas de Rosarito y Ensenada, cuyos resultados ya causaron estado, y que a la fecha ha trascurrido tiempo en exceso suficiente para haber realizado la asignación respectiva.
Motivo por el cual, se ordenó al Consejo General que en un plazo de setenta dos horas, contadas a partir de la notificación de la sentencia, sesione y resuelva sobre la asignación de regidurías por el mencionado principio, respecto a los Ayuntamientos de Mexicali, Tecate, Playas de Rosarito y Ensenada.
Finalmente, tocante a la elección de munícipes de Tijuana, se declaró infundada la omisión, pues los resultados de la misma no han causado estado.