* Aunque la Suprema Corte ordenó al Congreso Local legislar sobre el tema
Por Luis Arellano Sarmiento
MEXICALI.- 18 de junio de 2024.- Un grupo de personas integrantes del Consejo Estatal Vida y Familia de Mexicali, Tijuana y Ensenada, se manifestaron frente al edificio del Poder Legislativo contra la iniciativa de reforma que permite a menores de edad cambiar su género en el acta de nacimiento.
La iniciativa de reforma fue aprobada por unanimidad este lunes 17 de junio en la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, pero aún está pendiente que sea sometida ante el pleno del Poder Legislativo con los 25 diputados.
La mexicalense Marcela Vaquero Guevara, expuso ante los medios de comunicación que con la pretendida reforma al Código Civil de Baja California, los menores de edad podrían modificar su acta de nacimiento y cambiar su género sin el consentimiento de los padres o tutores.
Los ciudadanos de ideología conservadora, consideran que la reforma despoja a los padres la facultad de educar a sus hijos menores de edad, “imponiéndole una ley que les hace a un lado respecto al bienestar y futuro de sus hijos”.
Para la joven Natalia Imperial, es claro que las leyes prohíben a los menores de edad votar, tomar alcohol, y otras restricciones, por lo que en analogía los menores de edad no tienen la madurez suficiente para decidir su cambio de género.
La iniciativa de reforma de ley que será sometida ante el pleno legislativo el próximo jueves 20 de junio, obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien declaró inválido el artículo 134 Bis, párrafo segundo, inciso b) del Código Civil de Baja California.
El 11 de febrero de 2022, en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, fue publicada la reforma que permite el cambio de género en las actas de nacimiento, sin embargo, esta posibilidad quedó limitada a personas con por lo menos 18 años cumplidos.
Ante la exclusión de los menores de edad, tanto la Comisión Estatal como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, recurrieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para interponer una acción de inconstitucionalidad (43/2022 y 47/2022), petición que les fue concedida por los máximos ministros del país.
Ante esto, los togados declararon inválida la parte donde dice “Tener al menos 18 años de edad cumplidos”.
En la resolución la SCJN ordena que, en un plazo de 12 meses, el “Congreso Estatal deberá legislar con el objeto de establecer un procedimiento sumario para el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, que atienda el interés superior de la niñez,…”.
Los conservadores inconformes criticaron que esta modificación al Código Civil, no haya sido promesa de campaña de quienes ganaron el voto popular y tienen mayoría en el Poder Legislativo.