* El denunciante Héctor Lara ya falleció, pero el delito se persigue de oficio.
Por: Luis Arellano Sarmiento
MEXICALI. – Por haber sido denunciado por delito considerado grave dentro del sistema tradicional de justicia, el consignado Gregorio Carranza Hernández no tienen derecho a la libertad bajo caución, explicó el subprocurador Zona Mexicali, Fernando Ramírez Amador.
Al ex diputado local se le acusa del delito de despojo agravado por ser el instigador, en hecho ocurrido en mayo de 2009 cuando acompañado de otras personas se apoderaron de la sede del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Sección 37.
En aquella ocasión, según el ministerio público, quien tenía la posesión legal del inmueble conocido como El Pastel, era el Sindicato Estatal de Trabajadores de la Educación (SETE).
Ante la irrupción violente, el entonces dirigente del SETE, el ya fallecido Héctor Lara Moreno presentó la denuncia contra el también ex secretario general del SNTE Sección 37.
Por problemas entre ambos sindicatos, Lara Moreno estuvo preso de agosto de 2008 a marzo de 2009.
La denuncia contra Carranza Hernández, ya se había consignado en alguna ocasión, pero se revocó porque faltaban algunas pruebas que finalmente fueron recabadas, explicó el subprocurador Ramírez Amador.
El funcionario de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), explicó que fue hace tres semanas cuando el Juzgado Tercero de lo Penal libró la orden de aprehensión, por lo que fue cumplimentada por agentes ministeriales la tarde del 15 de febrero.
Detalló que el delito de despojo con el agravante de instigador, se persigue de oficio sin derecho a fianza, porque la ley establece que “el despojo contempla que, si tú encabezas un grupo de más de cinco personas, es un delito grave y no tiene caución”.
Luego de la detención y tras rendir declaración preparatoria ante el juez, se tiene un término legal de 72 horas para declarar el auto de libertad o el auto de formal prisión, que en caso de que el juez decida el segundo supuesto, el ex diputado llevaría su proceso judicial encarcelado.
El Código Penal de Baja California, establece que el despojo agravado tiene una pena de 5 a 10 años de prisión.