La Fiscalía General del Estado no acreditó su probable responsabilidad en delitos de desaparición forzada, robo de vehículo y asociación delictuosa
Por Luis Arellano Sarmiento
MEXICALI. – 03 de agosto de 2026.- Los antecedentes de investigación que presentó la Fiscalía General de Estado (FGE), no son suficientes para establecer la probable responsabilidad de Pedro Ariel Mendívil García y Luis Alfonso Jacobo Arvizu, en los delitos de desaparición forzada, robo de vehículo y asociación delictuosa.
Así lo consideró el juez de control del Poder Judicial de Baja California, Fernando Serrano Jiménez, en la audiencia de vinculación a proceso que tenía como imputados al ex director de la policía municipal de Mexicali, y al ex comandante de zona urbana.
Sin embargo, en la misma audiencia, el juez sí consideró que los policías Kevin “N”, Eduardo “N” y Juan Carlos “N”, son probables responsables de esos mismos tres delitos.
Mediante testimonios de otros policías, videograbaciones y otras evidencias, los acusan de la desaparición de dos jóvenes que salieron del Bar Shot la madrugada del 3 de enero de 2023.
Los jóvenes fueron detenidos por los policías y entregados a integrantes del grupo delincuencial de “Los Rusos”, vertiente local del cártel de Sinaloa facción “mayos”, según se desprende en la acusación de la fiscalía.
La camioneta pick up de los dos jóvenes, una GMC Sierra 2019, fue robada por los mismos sujetos pues le realizaron blindaje artesanal y usaron para causa de “los Rusos”.
Esa misma madrugada del 3 de enero de 2023, los dos jóvenes y el pick up fueron traslados a Ciudad Coahuila del Valle de Mexicali. De las víctimas no se sabe nada desde entonces, mientras que la camioneta fue asegurada por el ejército, pero “rescatada” por un grupo de hombres armados que irrumpieron el depósito de vehículos donde estaba.
Por la desaparición de los jóvenes, la FGE intentó vincular a las cinco personas, pero sólo acreditó la probable responsabilidad de los tres policías.
En lo que respecta al ex director Mendívil García y el ex comandante Jacobo Arvizu, el juez consideró que, “la revisión del estándar probatorio no elimina la exigencia de individualización, ni permite sustituirla por sospecha, fama pública, rumores institucionales o la sola posición jerárquica”.
Además, para la no vinculación a proceso, el juez expuso que “la jerarquía es condición necesaria para hablar de responsabilidad de mando, pero no es condición suficiente para declarar responsabilidad penal; atribuir responsabilidad únicamente porque los ejecutores materiales era agentes municipales, vulnera los principios de culpabilidad personal, presunción de inocencia y legalidad”.





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