* La diputada Michel Sánchez y Jaime Cantón presentaron iniciativa de reforma al Código Civil para el estado de Baja California; las personas contrayentes deberán manifestar que conocen el estado de salud de la otra persona y expresar su consentimiento de forma libre
Por Congreso del Estado
Mexicali, B. C., jueves 5 de diciembre de 2024.- Con el objeto de modificar el requisito de examen médico del contrato de matrimonio para no transgredir los derechos humanos de las personas contrayentes, la diputada Michel Sánchez Allende y el diputado Jaime Cantón Rocha, presentaron iniciativa de reforma al Código Civil para el estado de Baja California.
En la exposición de motivos, refieren que en la recomendación 19/2018 (CEDHBC, 2018), se da constancia de que cuando las personas buscan contraer matrimonio, uno de los requisitos que solicita el Registro Civil, es el certificado médico, lo cual lesiona la dignidad humana de quien es portadora de alguna enfermedad de trasmisión sexual, en especial de las personas que padecen VIH, esto constituye una violación a los derechos humanos.
En ese sentido, los inicialistas exponen que a través de dicha recomendación se instruye a las personas titulares de las Oficialías del Registro Civil, a abstenerse de solicitar como requisito para contraer matrimonio civil, los análisis y certificados médicos.
“Es así que el derecho a la información es atribuible a las personas contrayentes, no para la persona Oficial del Registro Civil, ya que todas las autoridades en su ámbito de competencia, están obligadas a proteger los derechos humanos, como una consecuencia que se desprende de la autonomía de la voluntad de las personas contrayentes”.
Esta medida es relativa al libre desarrollo de la personalidad de las mismas, por lo cual el Estado a través de los Registros Civiles municipales se debe abstener de solicitar a la persona Oficial del registro civil certificados y pruebas respecto el estado de salud de los contrayentes.
La propuesta legislativa establece que las personas contrayentes deberán manifestar expresamente que conocen el estado de salud de la otra persona, y deberán expresar su consentimiento de forma libre, clara, indubitable y por escrito para contraer matrimonio durante la diligencia de presentación ante la persona Oficial del Registro Civil.
Por otro lado, el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y el Sida (Censida), hace un llamado a las instituciones y a los gobiernos estatales para contribuir en el avance en materia de derechos humanos de las personas que viven con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y la lucha contra el estigma y la discriminación asociada al virus.