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Designa Congreso de BC a Erwin Areizaga para ocupar suplencia de regidor en Tijuana

Foto: Congreso del Estado

*        El regidor propietario solicitó licencia y la persona suplente anunció imposibilidad para ocupar el cargo; en Comisión de Gobernación analizaron y aprobaron los requisitos de elegibilidad del perfil propuesto por la Gobernadora del Estado

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B.C., domingo 14 de abril de 2024.- En sesión extraordinaria la XXIV Legislatura aprobó la propuesta de la Gobernadora del Estado, Marina del Pilar Ávila Olmeda, para que el C. Erwin Jorge Areizaga Uribe, ocupe el espacio de Regidor en calidad de suplente, en el XXIV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California.
Lo anterior a raíz de que el cabildo de dicho municipio, aprobó la solicitud de licencia del regidor Eligio Valencia López, para separarse del cargo a partir del 1 de marzo del presente año, sin embargo, la persona registrada como suplente, Norma Angélica Peñaloza Escobedo, remitió oficio al Ayuntamiento en donde manifestó no poder asumir la suplencia de la regiduría, debido a su derecho político electoral para participar a un cargo de elección popular.
Ante la ausencia total de propietario y suplente, y ejerciendo su facultad Constitucional prevista en los artículos 49 fracción XXVIII y 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, la mandataria estatal planteó al Congreso el perfil de Erwin Areizaga, para ocupar el cargo.
En sesión ordinaria de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, -misma que se realizó el día 13 de abril del año en curso-, se llevó a cabo un estudio y análisis de la persona propuesta, en donde sus integrantes concluyeron que reunía los requisitos de elegibilidad e idoneidad para ocupar el cargo de Regidor Suplente, en la integración del XXIV Ayuntamiento de Tijuana.
La urgencia de la designación se debe principalmente a la notificación que hizo el Ayuntamiento de Tijuana al Poder Legislativo, en donde se hace de conocimiento sobre la situación, y con ello es necesaria la intervención del Congreso de conformidad a lo que establece el artículo 86 de la Constitución Local, todo esto con el interés de evitar un vacío de poder en las comisiones y el pleno del órgano municipal.
La votación para la designación por parte de las y los diputados, contó con 21 votos a favor, 3 en contra, y 0 abstenciones. En consecuencia, el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso, instruyó para que se cite a Areizaga Uribe a efectos de que en la próxima sesión ordinaria tome la correspondiente protesta de Ley.

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