* El tercer acuífero más sobre explotado del país; es para dar certeza que Constellation se va, dijo gobernador
Por: Luis Arellano Sarmiento
MEXIALI.- 09 de noviembre de 2023.- El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto “para que no se permita el uso del agua de Mexicali para ninguna planta cervecera, se cancela la posibilidad de entregar agua con propósito de uso industrial, la prioridad es el uso doméstico”.
Durante la rueda de prensa diaria, el mandatario comentó que firmó ese decretó el día de ayer, en coordinación con la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, pues “había ahí la duda, entonces ya tajante, es un acuerdo presidencial”.
Cuestionada al respecto, la gobernadora Ávila Olmeda, respondió que, “básicamente se trata de garantizar y dar tranquilidad de que Constellation Brands se va”.
Dijo que el terreno donde pretendieron operar la cervecería, con ese decreto no podría ser utilizado para ese fin.
Este jueves 9 de noviembre, fue publicado en el Diario Oficial de la federación, el “Acuerdo por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”.
Entre los 653 acuíferos, con un déficit de 432 millones de metros cúbicos (mm3) anuales, el valle de Mexicali es el tercero más sobre explotado del país, sólo por debajo de las aguas subterráneas del acuífero Los Juncos, Chihuahua, con 523 mm3; y de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, con 480 mm3.
El valle vecino de San Luis Río Colorado, Sonora, cuyas aguas subterráneas se nutren del río del mismo nombre, presenta un déficit de 87 millones de metros cúbicos anuales.
El artículo segundo del acuerdo publicado este jueves 9 de noviembre, señala que, para determinar la procedencia de las solicitudes de nuevos títulos de concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, la Comisión Nacional del Agua considerará la disponibilidad del acuífero existente al momento de emitir la resolución correspondiente.