* En Sesión Extraordinaria, se aprobaron también los topes máximos de los actos tendientes a recabar el apoyo de la ciudadanía para las personas aspirantes a candidaturas independientes en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, en Baja California; aprobaron resoluciones de la Comisión de Quejas y Denuncias.
Por: IEEBC
MEXICALI, B. C. MIÉRCOLES 31 DE OCTUBRE DE 2023. – En los trabajos de la 22ª Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezado por su presidente, Luis Alberto Hernández Morales, se aprobó el dictamen número 5 de la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, relativo a la convocatoria pública dirigida a la ciudadanía interesada en participar bajo la figura de Candidatura Independiente para los cargos de munícipes y diputaciones por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 en Baja California.
La consejera electoral y presidenta de la Comisión, Guadalupe Flores Meza, informó que, de acuerdo al artículo 3 de la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes en Baja California, es derecho de la ciudadanía residente en el Estado, poder ser votada para los cargos de elección popular por el principio de mayoría relativa, pudiendo solicitar su registro de manera independiente a los partidos políticos siempre y cuando cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determinen las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias establecidas, así como los criterios o acuerdos que emitan las autoridades electorales.
Señaló que la convocatoria incluye varios requisitos, entre los de elegibilidad y demás requisitos que deberán cumplir las personas aspirantes y la documentación comprobatoria requerida; además contiene el calendario con las fechas, horarios y domicilio donde deberán presentarse las solicitudes de registro; los formatos necesarios para llevar a cabo el registro correspondiente; los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente; el porcentaje y requisitos a observarse en la obtención del apoyo ciudadano que deberán recabar las personas aspirantes conforme a la elección que corresponda; entre otros.
Una vez aprobado el dictamen, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del IEEBC, publicar y difundir la convocatoria en el Periódico Oficial del Estado, en cuando menos un diario de mayor circulación en el Estado y de cada municipio, así como en las plataformas institucionales, a partir del día siguiente de su aprobación por el Consejo General Electoral.
Posteriormente, la consejera Flores Meza, ahora en su calidad de presidenta de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento, presentó el dictamen número 19 en el que se determinan los montos máximos de los actos tendentes a recabar el apoyo de la ciudadanía para las personas aspirantes a candidaturas independientes en el próximo proceso electoral.
Al respecto, comentó que, para el cálculo del tope máximo que como gastos para actividades tendentes a obtener el apoyo de la ciudadanía que pueda erogar una persona aspirante a Candidatura Independiente para la elección de Diputaciones Locales, se toma como referencia el tope de gastos de campaña establecido para las campañas inmediatas anteriores para la elección de que se trate, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 19 de la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes en Baja California.
En ese sentido, los topes máximos de gastos aprobados para los actos tendentes a recabar apoyo de la ciudadanía de las personas aspirantes a una candidatura independiente para diputaciones locales, quedarán establecidos de la siguiente manera:
DISTRITO ELECTORAL MONTOS
I $382,681.20 M.N.
II $307,140.24 M.N.
III $242,700.17 M.N.
IV $261,533.94 M.N.
V $352,093.29 M.N.
VI $378,481.36 M.N.
VII $254,124.30 M.N.
VIII $256,605.62 M.N.
IX $238,971.72 M.N.
X $212,283.64 M.N.
XI $283,985.19 M.N.
XII $271,312.08 M.N.
XIII $314,343.77 M.N.
XIV $358,495.19 M.N.
XV $435,999.83 M.N.
XVI $313,224.87 M.N.
XVII $355,411.58 M.N.
Asimismo, se determinaron también los topes en los gastos para quienes busquen una candidatura independiente para el cargo de munícipe, quedando en los siguientes términos:
MUNICIPIO MONTOS
MEXICALI $1 ́546,153.37 M.N.
TECATE $473,898.34 M.N.
TIJUANA $2 ́369,491.68 M.N.
PLAYAS DE ROSARITO $473,898.34 M.N.
ENSENADA $869,198.40 M.N.
SAN QUINTÍN $473,898.34 M.N.
SAN FELIPE $473,898.34 M.N.
Durante la sesión se aprobaron también las Resoluciones 6, 7 y 8 de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEEBC, en las que se resuelven los Procedimientos Sancionadores Ordinarios con claves de expediente IEEBC/UTCE/PSO/05/2023, IEEBC/UTCE/PSO/02/2023 e IEEBC/UTCE/PSO/09/2023, respectivamente.