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Por desistimiento, desecha TJEBC impugnación de Bonilla

*       Será la SCJN quien resuelva si ampliación de mandato es legal o no

Por: TJEBC

MEXICALI.- 20 de septiembre de 2019.- El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, resolvió el recurso de revisión promovido por Jaime Bonilla Valdez, otrora candidato a la gubernatura del Estado, contra el Dictamen emitido por el I.E.E.B.C. relativo al Cómputo Estatal de la Elección a la Gubernatura del Estado, Declaración de Validez de la Elección, y Constancia de Mayoría respectiva.

 

Con el voto unánime del Pleno, el Tribunal resolvió desechar el Recurso de Revisión RR-146/2019 a través del cual, el otrora candidato a la gubernatura del Estado, Jaime Bonilla Valdez, controvirtió el Dictamen emitido por el Instituto Estatal Electoral de Baja California relativo al Cómputo Estatal de la Elección a la Gubernatura del Estado, Declaración de Validez de la Elección, y Constancia de Mayoría respectiva.

 

El proyecto puesto a consideración del Pleno por la Magistrada Ponente, Elva Regina Jiménez Castillo, expuso que el pasado 6 de septiembre, el propio recurrente presentó escrito de desistimiento, el cual fue ratificado en su oportunidad como consta en el acta de fecha 12 del mes y año en curso.

 

En ese sentido, se enfatizó la manifestación del accionante respecto a su inequívoca intención, voluntad y convencimiento de desistirse del recurso, precisando que la figura del desistimiento, se entiende como la declaración de voluntad del promovente, de abandonar el recurso intentado, por lo que su consecuencia directa es dejar firme la decisión recurrida al no ser jurídicamente posible analizar los agravios formulados en su contra, ello pues el desistimiento debidamente ratificado conlleva a considerar el acto como no impugnado.

 

En ese orden de ideas, el proyecto se abocó en hacer efectiva dicha figura, precisando que si bien el numeral 300, fracción I de la Ley Electoral del Estado de Baja California, refiere  que en el caso desistimiento expreso y por escrito del medio de impugnación, procederá el sobreseimiento del juicio, lo cierto es que en el asunto, no obraba acuerdo de admisión, por lo que lo conducente, fue desechar el recurso de revisión, quedando firme el acto impugnado que consistió en el Dictamen del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, relativo al cómputo de la elección a la gubernatura del Estado y la Constancia de Mayoría que acredita a Jaime Bonilla Valdez como Gobernador del Estado por el periodo 2019-2021.

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