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Presenta Dip. Triny iniciativa que incluye la objeción de conciencia en la Ley de Salud del Congreso

*       Es una armonización con la reforma a la Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 11 de mayo

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B. C., domingo 17 de junio del 2018.- La diputada María Trinidad Vaca Chacón presentó una iniciativa que adiciona el artículo 8 bis a la Ley de Salud Pública del Estado, donde se establece que “el personal médico y de enfermería que forma parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley.”

Asimismo, dicho artículo dispone que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional. El ejercicio de la objeción de conciencia no derivará de ningún tipo de discriminación laboral”.

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Religiosos explicó que la objeción de conciencia es el rechazo a cumplir algo prescrito por la ley, debido a que los efectos de su cumplimiento se consideran contrarios a las propias convicciones ideológicas, morales, éticas o religiosas del ser humano.

En ese sentido, Vaca Chacón argumentó en su exposición de motivos que “estos profesionistas como todas las personas deben ejercer sus derechos humanos dentro de un marco legal que les garantice seguridad jurídica y laboral en cualquier caso en que la práctica de su trabajo se enfrente a situaciones adversas a sus valores éticos y morales”.

Agregó que debido a lo anterior, es necesario adicionar en la Ley de Salud de Baja California el mencionado término, con la finalidad de salvaguardar los derechos de todos y cada uno de los médicos profesionistas y personal de enfermería.

Por otro lado, la legisladora dio a conocer que el pasado 11 de mayo del presente año, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona a la Ley General de Salud el concepto de objeción de conciencia.
“En ese sentido, de acuerdo al principio de supremacía constitucional consagrado en el artículo 133 de nuestra Carta Magna, establece que la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y los Tratados Internacionales serán la Ley Suprema de toda la Unión, por lo tanto, una ley de carácter general está por encima de las leyes estales, siendo necesario que estas últimas sean adecuadas de conformidad a la ley general”, concluyó.

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