COLUMNA.- SIN NOMBRE
* Con la cárcel para el delito de lesiones, los jueces podrían decretar la prisión para ladrones reincidentes o portadores de armas de alto calibre, pero no lo hacen.
Por: Luis Arellano Sarmiento
MEXICALI. – 13 de mayo de 2018.- El trato diferenciado que el gobierno de Francisco Vega de Lamadrid hizo al solicitar que León Fierro Reséndiz se mantuviera en la cárcel, evidencia que el activista de Mexicali Resiste es un preso político del Ejecutivo en contubernio con el Poder Judicial de Baja California.
Más aun, al dejarlo en prisión por el delito de lesiones calificadas marca un precedente que los dos poderes deben explicar por qué en otros delitos más graves los responsables sí obtienen la libertad y llevan su proceso judicial en la calle.
¿Por qué los ministerios públicos no obtienen del Poder Judicial la prisión preventiva para quienes son detenidos en posesión de un arsenal? ¿Acaso utilizando el mismo criterio de ser un peligro para la comunidad –como arguyeron contra Fierro Reséndiz—no podrían los jueces dejar en prisión a quienes cometen ese delito?
El pasado 10 de mayo, el presidente del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública de Baja California, Juan Manuel Hernández Niebla, recriminó que hayan dejado en libertad a 12 personas detenidas con armas de alto poder. Traían un arsenal pero el Poder Judicial no los considera un peligro para la sociedad.
¿Es más peligro un activista que lucha contra la instalación de una empresa particular, que una persona que es sorprendida lanzando restos humanos a la calle? Al sujeto que tiró restos humanos en la ciudad de Tijuana le abrieron el proceso judicial pero fue dejado en libertad.
Fierro Reséndiz, en su libre albedrio ideológico que le confiere la Constitución, considera que la empresa cervecera Constellation Brands sobreexplotará el agua que los mexicalenses necesitaremos para consumo humano.
Esto es un asunto del futuro inmediato, tal y como es reiterado que las guerras futuras serán por el agua.
Y el activista lo ha manifestado en protestas atendiendo la libertad de expresión pacíficamente. Caso contrario fue el enfrentamiento entre policías y manifestantes ocurrido el 16 de enero de 2018.
En esa ocasión de la refriega, tanto los policías que recibieron la instrucción de proteger a los empleados de una empresa privada, como los activistas que se oponían a la construcción de un acueducto, cometieron delitos.
En un principio el gobierno de Kiko Vega acusó a Fierro Reséndiz de homicidio calificado en grado de tentativa, amenazas, lesiones y ataque peligroso.
Pero en la audiencia de vinculación a proceso la jueza desestimó el homicidio y recategorizó el delito de lesiones calificadas.
Para la jueza resultó inverosímil que siete agentes policiacos hayan declarado y escuchado la amenaza “los voy a matar pinches policías”, toda vez que revisaron tres videos y nunca estuvieron cerca en el momento que el imputado abordó su automóvil, ni se ve que el imputado haya gritado algo y tampoco el acusado viró su carro hacia donde estaban los agentes policiacos.
La jueza tampoco le creyó al ministerio público que los agentes lograron ponerse a salvo del ataque por su capacitación y habilidad para salir abantes en una situación de esa naturaleza. Los videos muestran que “ni se movieron”, dijo la jueza.
En el caso particular de Fierro Reséndiz, efectivamente cometió el delito de lesiones en perjuicio del agente de la policía Estatal Preventiva (PEP), Edgar Manuel Tapia Castro. Tuvo lesiones en pierna y brazo derecho que no ponen en peligro su vida y tardan en sanar menos de 15 días. Ese es el delito por el que se acusa a activista de Mexicali Resiste.
En el enfrentamiento los agentes lanzaron piedras y descalabraron a los inconformes, ese también es delito que no ha sido investigado ni determinado por la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE). Los policías tenían cascos, escudos y rodilleras, los ciudadanos no.
León Reséndiz fue detenido el 3 de mayo pasado y vinculado a proceso por lesiones el 8 del mismo mes. La jueza resolvió que debe seguir su proceso judicial en la cárcel y dio un plazo de dos meses para concluir la investigación. Tiempo en el que tentativamente el imputado estará en la cárcel, en una celda de dos por tres metros donde están hacinados once reos, según reveló el activista en la audiencia de vinculación a proceso.
Y si de riesgo a la comunidad se trata, como arguyó el fiscal para pedir la prisión preventiva otorgada por la jueza Ruth Esperanza Álvarez Fuentes, los miles de delincuentes que roban una decena de veces y son dejados en libertad para seguir reincidiendo, ¿Esos no son un peligro para la comunidad?
O ¿Por qué el ministerio público y el Poder Judicial dejó en libertad a un ladrón de carros que huyendo en persecución atropelló y mutiló la pierna a un niño de diez años? ¿Esa persona no es un riesgo para la sociedad? Tan lo es que hace dos semanas lo volvieron a detener por el delito de robo, y ahora sí, está en prisión.
El gobernador Kiko Vega, su procuradora, el secretario de seguridad, el de la general de gobierno se han cansado de repetir que es necesario recategorizar los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Lo han dicho para justificar la creciente incidencia delictiva en Baja California y su evidente incapacidad para brindar seguridad a sus gobernados.
La razón es porque los delitos que ameritan prisión preventiva de oficio están estipulados en el artículo 19 de la Constitución mexicana, éstos son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos por medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
Pero el juez tiene la facultad de ordenar la prisión preventiva cuando su criterio así lo establezca, ¿por qué no aplica esa decisión para quienes realmente son un peligro para la sociedad?
Esa pregunta deben responderla el gobernador Kiko Vega y el magistrado presidente del Poder Judicial, Salvador Ortiz Morales.