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Se reforma la ley de salud para eliminar conceptos que afecten a enfermos mentales

Foto: Congreso del Estado

*       Se sustituye el término de hospitales para enfermos mentales por el de estancia prolongada

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B. C., miércoles 4 de octubre de 2017.- El pleno del Congreso local aprobó de manera unánime una iniciativa del diputado Miguel Antonio Osuna Millán, cuyo propósito es eliminar de la Ley de Salud del Estado conceptos que afecten a enfermos mentales.

La reforma se refiere al artículo 34 de la Ley de Salud Pública del Estado y fue propuesta a nombre de la fracción parlamentaria del PAN y aprobada por los integrantes de la Vigésima Segunda Legislatura, durante la sesión extraordinaria que condujo el diputado Benjamín Gómez Macías, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva,

El diputado Osuna Millán, quien preside la Comisión de Salud, expuso que a fin de evitar la estigmatización de quienes padecen este mal, se debe sustituir la denominación de “hospitales para recluir enfermos mentales,” por la de “centros de estancia prolongada en los que se pueda ingresar para su protección y rehabilitación a pacientes con enfermedad mental”, por tiempo definido o indefinido.

Además a quienes deambulan por las calles y padecen trastornos mentales se les denominará: “Personas con enfermedad mental  que se encuentran en situación de calle por abandono social”.

En la fracción segunda de la mencionada ley se refiere a este sector de la población como: “Personas con enfermedad mental  que sean internados a petición de la autoridad o sus familiares, para participar en un programa específico de rehabilitación y habiéndose justificado la necesidad del mismo”.

Para finalizar, la fracción tercera del artículo 34 se reformó para quedar como sigue: “Personas con enfermedad mental  que  requieran de custodia para protección de ellos mismos y de terceros”.

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