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Instituto Electoral cumple orden del Tribunal sobre plebiscito a Constellation

*       Inicia Instituto Electoral con las actuaciones tras la resolución del Tribunal de Justicia Electoral.

 Por: IEEBC

MEXICALI, B.C., A JUEVES 24 DE ENERO DE 2019.- El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) ha comenzado con las actuaciones tendientes a dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) el pasado 16 de enero del año en curso.

En dicha resolución, se revocó el Dictamen 1 de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica relativo a la verificación de los requisitos previstos en el Artículo 16 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California respecto a la solicitud de plebiscito aprobada por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California, el 30 de noviembre de 2018.

 

El Consejero Electoral y Presidente de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica, Abel Alfredo Muñoz Pedraza, informó que el mismo 16 de enero se notificó al Instituto la sentencia del TJEBC.

En ella, se señala que se tenía el plazo de 3 días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia para notificar a BC Tenedora Inmobiliaria, corriendo traslado con el escrito de solicitud de plebiscito y de cada uno de los anexos, así como el informe de verificación de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, para que en el término de 5 días hábiles comparezca a manifestar lo que a su derecho convenga.

Señaló que el lunes 21 de enero se notificó a la empresa sobre la sentencia, por lo que comenzó a correr su plazo de 5 días hábiles para que hicieran sus manifestaciones.

Posterior a ello, a partir del 29 de enero comenzará a correr otro plazo de 5 días hábiles para que la empresa acuda al Instituto a verificar los registros, donde este Órgano Electoral implementará las medidas necesarias con el objetivo de garantizar la integridad, confiabilidad, confidencialidad y disponibilidad de los datos personales, mediante acciones que eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.

Muñoz Pedraza explicó que, tras estas actuaciones, en un plazo no mayor de 3 días hábiles, la Comisión deberá de emitir un nuevo dictamen resolviendo lo que en derecho corresponda y, de aprobarse por el Consejo General, establecer un plazo al Ejecutivo de 36 horas para que remita sus consideraciones.

Al hacer esto, se deberá notificar al TJEBC dentro de las 24 horas siguientes, remitiendo las constancias correspondientes, agregó el Consejero Electoral.

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