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El dip. Miguel Osuna propuso reformar la Ley de Ejercicio de las Profesiones a fin de crear un Consejo para la Certificación Profesional

*        El Ejecutivo, a través de la SEBS, creará el Consejo para la Certificación

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B. C., jueves 14 de junio de 2018.- El presidente de la Comisión de Salud de la XXII Legislatura, diputado Miguel Antonio Osuna Millán, propuso la creación de un Consejo para la Certificación Profesional en el Estado, el cual estaría integrado por la Dirección de Profesiones de la Entidad.

Para tal efecto, el diputado Osuna Millán propuso reformar el artículo 67 y adicionar un artículo 67 bis de la Ley de Ejercicio de las Profesiones para el Estado, durante la sesión ordinaria celebrada este día, la cual fue conducida por el diputado Marco Antonio Bolaños Cacho, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva de la XXII Legislatura.

En los considerandos de su iniciativa, el diputado Osuna refirió que en la relación que guarda con grupos de profesionistas de la salud, como son los colegios de cirujanos plásticos y los de ortodontistas, le han solicitado acciones legislativas que brinden un marco normativo que regule la práctica de esta especialidad odontológica, para garantizar que esta sea prestada por verdaderos especialistas y que cuenten con la certificación que avale las competencias y conocimientos en la materia.

Añadió que este requerimiento se vuelve imprescindible en un lugar como Baja California, donde la infraestructura y excelente calidad del servicio médico / dental que ofrece, junto con la gran oferta vinícola, gastronómica y zonas recreativas que se encuentra a lo largo y ancho del Estado, han logrado contribuir hasta con el 15 por ciento del turismo nacional.

Explicó que La Comisión Nacional de Arbitraje Médico tiene convenios institucionales para mediar en la solución de posibles conflictos entre pacientes y médicos, en tanto que la Secretaria de Salud estatal, a través de la dirección contra riesgos sanitarios, pone a disposición del público el listado de establecimientos debidamente registrados para la prestación de servicios, lo que genera confianza entre los turistas que arriban a la ciudad en busca de todo tipo de consultas y servicios médicos.

Respeto a su iniciativa de adicionar un artículo 67 bis a la mencionada ley, establece: “Las asociaciones de profesionistas de una misma rama profesional, podrán constituir en el Estado un Consejo de Certificación, que se integrará cuando menos con la mitad más una de éstas, debidamente registradas.

Concluye que las asociaciones que obtengan la representatividad mínima que se menciona en el párrafo anterior, se denominarán “Consejo de Certificación de…”, indicándose la rama o especialidad profesional que corresponda.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para ser analizada.

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