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Aprueban sancionar a los particulares que cometan el delito de tráfico de influencias

*       Se les impondrá una pena de dos a ocho años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa; actualmente el Código Penal castiga a servidores públicos por este delito, pero no así a particulares.

Por: Congreso del Estado

Mexicali, B. C., viernes 10 de noviembre de 2017.- El Pleno del Congreso de Baja California aprobó por unanimidad el dictamen 19 de la Comisión de Justicia, el cual contiene una iniciativa propuesta por la diputada Victoria Bentley Duarte (PAN), para acotar y combatir aquellas conductas propias de hechos de corrupción provenientes de particulares.

Mediante esta reforma aprobada, se adiciona una fracción IV al artículo 307 del Código Penal del Estado para establecer que comete el delito de tráfico de influencia y recibirá una pena de dos a ocho años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa:

“Al particular que, sin estar autorizado legalmente para intervenir en un negocio público, afirme tener influencia ante los servidores públicos facultados para tomar decisiones dentro de dichos negocios, e intervenga ante ellos para promover la resolución ilícita de los mismos, a cambio de obtener un beneficio para sí o para otro”.

En la argumentación presentada, Bentley Duarte mencionó que con esta modificación al referido Código se configura una nueva conducta penalmente reprochable, la que a diferencia de los supuestos vigentes, el sujeto activo son los particulares, no así los servidores públicos.

“La procedencia de la presente iniciativa es irrefutable en razón de que sobre el particular, las recientes reformas en materia penal que fueron aparejadas con la discusión y posterior aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción, concluyeron con la necesidad de ampliar el espectro de conductas penalmente sancionables, en tratándose de hechos de corrupción cometidos por particulares”, explicó la representante popular.

Asimismo, dijo que su deber como legisladora es responder a la necesidad de tipificar aquellas conductas que, por el grado de reproche social, ameritan y demandan la intervención del Estado para imponer castigos.

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