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Investiga PGJE descuido que culminó con la muerte de niño ahogado

*    “Los menores de edad deberán estar supervisados por un adulto responsable todo el tiempo”, dice la regla cuatro del parque acuático.

Por: Luis Arellano Sarmiento

MEXICALI. – 01 de agosto de 2017.-  La procuraduría de justicia abrió una capeta de investigación debido a la muerte de un niño de tres años, quien pereció ahogado en el parque acuático Los Delfines Splash, informó el Subprocurador Zona Mexicali, Fernando Ramírez Amador.

El parte informativo señala que entre los presentes había personas con aliento alcohólico, motivo por el cual el niño no fue trasladado por un particular a recibir atención médica, sino que fue la ambulancia de la Cruz Roja aunque el niño no presentaba signos vitales, refirió el funcionario estatal.

El hecho ocurrió cerca de las 4 de la tarde de este lunes 31 de julio, cuando el menor recibió primeros auxilios, pero ya había fallecido de asfixia por ahogamiento, según detalló la autopsia.

La declaración preliminar de la madre del menor, establece que éste estaba en el chapoteadero para niños, después lo perdió de vista y solicitó el auxilio de los salvavidas, quien encontró al niño en el fondo de una piscina sin signos vitales.

“Es muy importante enviar un exhorto a la ciudadanía en esta época que es muy frecuente acudir a albercas, que sobre todo vigilemos a los menores para evitar este tipo de lamentable evento”, mencionó el subprocurador.

Indicó que la carpeta de investigación se está integrando con las declaraciones de los salvavidas, del personal del parque acuático, testigos y de los familiares del niño fallecido.

Una vez agotada la investigación se determinará si hubo responsabilidad penal de alguna persona, refirió Ramírez Amador.

En el acceso principal del parque acuático en mención, están dos listados con el reglamento de ingreso y permanencia del lugar, donde establece que la administración no se hace responsable de accidentes ni lesiones.

También, en el reglamento del establecimiento que vende bebidas embriagantes en su interior, señala explícitamente especial atención a los niños menores de tres años.

Además, en el numeral cuatro dice que “los menores de edad deberán estar supervisados por un adulto responsable todo el tiempo”, y en el artículo 15 señala “cuide a sus hijos dentro y fuera del agua, nunca pierda de vista a sus hijos ni sus objetos personales”.

El subprocurador comentó que la legislación local contempla la denominada “pena natural”, que consiste en no proceder contra los padres o tutores, por el intrínseco dolor que significa perder un hijo y no re victimizar a la persona, explicó el funcionario.

Sin embargo, será hasta agotar la investigación cuando se pueda establecer si hubo o no un delito culposo o por omisión, resaltó Ramírez Amador.

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